Avanza Ley de Voluntad Anticipada

Toluca, Méx.- Comisiones Unidas del Congreso local aprobaron adecuaciones a la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México y a otras disposiciones jurídicas para establecer y garantizar el derecho de las personas a decidir y planificar de forma anticipada y libre los tratamientos médicos que desea recibir, o rechazar, derivados de una enfermedad terminal o un accidente.

Las modificaciones también establecen el derecho de las personas con enfermedad terminal a recibir atención médica de cuidados paliativos a través de personal especializado, tecnología e insumos.

Garantizan los derechos de los pacientes en fase terminal, y los de sus familiares —entre estos recibir asistencia tanatológica—, y establecen obligaciones del personal médico y de salud para otorgar cuidados paliativos y para dar cumplimiento a la voluntad anticipada.

Señalan que la Escritura de Voluntad Anticipada será el documento público otorgado ante notario público, en el que una persona en pleno uso de sus facultades mentales manifiesta su decisión libre de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos o cuidados paliativos en caso de llegar a encontrase en fase terminal, concepto que remplaza el de etapa terminal.

En este caso, la persona que formule su declaración de voluntad anticipada podrá designar de uno hasta tres representantes, los cuales deben aceptar dicho cargo en el mismo acto para que verifiquen su cumplimiento.

De acuerdo con el dictamen se amplían las atribuciones de la Coordinación de Voluntades Anticipadas de la entidad para que difunda y distribuya los formatos que faciliten el trámite para las declaraciones de voluntad anticipada y capaciten a personal de instituciones públicas, privadas, sociales y civiles y sociedad en general.

La reforma impulsada por Maurilio Hernández González modifica la Ley de Voluntad Anticipada, los códigos Civil y Administrativo, así como la Ley del Notariado, todos de la entidad.

Trabajo en comisiones.

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